DESPIDO COLECTIVO Y CONCURSO DE ACREEDORES
Autor: Rios Mestre, José María
Sección: DERECHO - Códigos legales
DESPIDO COLECTIVO Y CONCURSO DE ACREEDORES

98,00€ IVA INCLUIDO
- Editorial:
- CIVITAS
- Publicación:
- 26/04/2012
- Colección:
- ESTUDIOS Y COMENTARIOS DE LEGISLACIÓN
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Sinopsis
El presente libro tiene por objeto analizar la manera en que la institución del despido colectivo es contemplada, acogida y tratada por una legislación concursal moderna que se inicia con la L. 22/2003. En nuestro Derecho del Trabajo, la figura está fundamentalmente regulada en el Estatuto de los Trabajadores de 1995, art. 51: un despido es colectivo cuando afecta a …
El presente libro tiene por objeto analizar la manera en que la institución del despido colectivo es contemplada, acogida y tratada por una legislación concursal moderna que se inicia con la L. 22/2003. En nuestro Derecho del Trabajo, la figura está fundamentalmente regulada en el Estatuto de los Trabajadores de 1995, art. 51: un despido es colectivo cuando afecta a un número sensible de trabajadores y tiene por causa la situación de dificultad económica de la empresa. Como en los otros países de la Unión Europea, la regulación española se somete al derecho comunitario, en concreto, las Directivas sobre despidos colectivos (1975, 1992, 1998), donde el proyecto empresarial se sujeta a un procedimiento garantista consistente: en una consulta o negociación del empresario con los representantes de los trabajadores, con la finalidad de llegar a un acuerdo; y en una obligada comunicación del proyecto a la Administración laboral. La particularidad española radicó hasta hace poco en que la realización de los despidos por el empresario estaba precisada de una previa autorización o permiso de esa Administración. Para el plano de la insolvencia formalizada, el propio art. 51.10 del ET 1995 instauró un sistema muy liberal, al disponer que, en caso de quiebra, los síndicos pudieran acordar la no continuidad de la actividad empresarial y el despido de los trabajadores sin esa previa autorización administrativa. La moderna Ley Concursal de 2003 cambió radicalmente de orientación y adoptó unas directrices más protectoras para el trabajador: declarado el concurso, un despido colectivo precisa la previa intervención de una autoridad, que ya no será la Administración laboral, sino el propio Juez del concurso quien, además, no autoriza meramente el despido, sino que, a petición de parte legitimada, lo acuerda él mismo. El art. 8.2 de la LC 2003 atribuye al Juez mercantil competencia exclusiva y excluyente para enjuiciar las acciones sociales que tengan por objeto la extinción, modific
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Más información del libro
DESPIDO COLECTIVO Y CONCURSO DE ACREEDORES
- Editorial:
- CIVITAS
- Fecha Publicación:
- 26/04/2012
- Formato:
- Normal tapa dura (libros)
- ISBN:
978-84-470-3882-4
- EAN:
9788447038824
- Nº páginas:
- 0
- Colección:
- ESTUDIOS Y COMENTARIOS DE LEGISLACIÓN
- Lengua:
- ESPAÑOL
- Alto:
- 165 mm
- Ancho:
- 235 mm
- Sección:
- DERECHO
- Sub-Sección:
- Códigos legales
Rios Mestre, José María
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